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Unión de artistas de la ciudad de Villena (Alicante)
 
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 CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA LA FUTURA SEDE

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Batteryman
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Batteryman


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MensajeTema: CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA LA FUTURA SEDE   CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA LA FUTURA SEDE Icon_minitimeMar Sep 23, 2008 11:47 pm

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA POR TEMPORADA

En Villena (alicante), a veintinueve de agosto de dos mil ocho.


REUNIDOS


DE UNA PARTE: D. ****** ****** ******, mayor de edad, con N.I.F. Nº ********-*, con domicilio en Avda. **********, nº ** – **D, de **** (Alicante).


Y DE OTRA PARTE: D. ***** ****** ******, mayor de edad, con N.I.F. Nº ********-*, con domicilio en C/.*** *****, Nº ** – **, de ******* (Alicante), y D. ****** ******* ***, mayor de edad, con N.I.F Nº ********-*, con domicilio en Avda. *********** Nº*** – ****, de ******* (Alicante).



INTERVIENEN



D. ****** ****** ****** en nombre y representación, como Apoderado con fecha 8 de febrero de 2001 ante el Notario de Elda D. Luis López Sanz, de la mercantil “********* ********,***”, con C.I.F *-******** y domicilio a estos efectos en Avda. **********, nº ** – **D, de **** (Alicante).


Y D. ****** ****** ****** y D. ****** ******* ***, cada uno de ellos en su respectivo nombre y derecho.


Ambas partes en el concepto en que intervienen, se reconocen mutua y recíprocamente plena capacidad jurídica y de obrar para otorgar el presente contrato de ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA POR TEMPORADA y, puestos de común acuerdo,




EXPONEN


I.- Que la mercantil “********* ********,***” es titular en pleno dominio de la VIVIENDA SITA EN CAMINO DEL PRADO DE LA VILLA, EN VILLENA (ALCANTE), que constituye la finca registral Nº 19681 del Registro de la Propiedad de Villena.


II.- Que dicho inmueble se encuentra actualmente dotado de los bienes muebles, enseres y electrodomésticos que se reseñan en el ANEXO I que se adjunta al presente documento firmado por ambas partes en prueba de conformidad, y que se encuentran en perfecto estado de funcionamiento, uso y conservación, conforme se indica en dicho anexo.


III.- Que estando D. ****** ****** ****** y D. ****** ******* ***, interesados en el arrendamiento del inmueble reseñado en el anterior Exponendo I, con los muebles, enseres y electrodomésticos citados en el Exponendo II, ambas partes de común acuerdo lo llevan a cabo con sujeción a las siguientes,



ESTIPULACIONES

PRIMERA.- La mercantil “********* ********,***”, en adelante PARTE ARRENDADORA, arrienda en este acto, a D. ****** ****** ****** y D. ****** ******* ***, en adelante PARTE ARRENDATARIA, quienes aceptan, el referido arrendamiento de la vivienda reseñada en el anterior Exponendo I, con los bienes muebles, enseres y electrodomesticos reseñados en el ANEXO I.

SEGUNDA.- Este contrato se pacta por temporada en atención a las necesidades laborales de la parte arrendataria, por lo que entrará en vigor el día UNO DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHO (01.10.2008), y su plazo de duración, por expreso deseo de ambas partes, será de ONCE MESES, por lo que se extenderá hasta el día UNO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL NUEVE (01-09-09), fecha que finalizará de forma automática.

Dicho plazo no podrá ser prorrogado de ninguna forma a su finalización, y este contrato quedará automáticamente resuelto, nulo de pleno derecho y sin efecto alguno el día del vencimiento del citado plazo, sin necesidad de ningún requerimiento o notificación por ninguna de las partes. Por lo tanto, en la mencionada fecha, la parte ARRENDATARIA deberá desalojar el citado inmueble, y entregar sus llaves y posesión a la parte ARRENDADORA. En caso contrario, la parte arrendataria deberá abonar a la parte arrendadora, a primer requerimiento, la cantidad de CINCUENTA EUROS (50,00 euros) como penalización por cada día de demora.

No obstante el presente arrendamiento, la parte Arrendataria sabe y acepta que es intención de la parte Arrendadora la venta a terceros de la presente vivienda, por lo que ambas partes comparecientes pactan expresamente que el presente contrato también quedará resuelto, nulo y sin efecto, en un plazo máximo de DOS MESES desde que la parte Arrendadora comunique por escrito a la parte Arrendataria la existencia de un comprador. Ello podrá tener lugar incluso antes de finalizar el plazo pactado para el arrendamiento en el primer párrafo de esta Estipulación. Por otra parte, una vez producida dicha comunicaron y transcurrido el citado plazo de dos meses, la parte ARRENDATARIA deberá desalojar el citado inmueble, y entregar sus llaves y posesión a la parte ARRENDADORA, sin necesidad de más notificación ni requerimientos, aplicándose en caso contrario la msima penalización prevista en el párrafo anterior.

TERCERA .- La renta pactada por el presente arrendamiento de vivienda asciende a la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA EUROS (550,00 euros) MENSUALES, que pagará la parte ARRENDATARIA a la parte ARRENDADORA entre los días 1 y 5 de cada mes natural, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente Nº **** **** ** **********, de la entidad **** de Elda, de la que es titular la parte ARRENDADORA, pudiendo no obstante la propiedad, en cualquier momento, modificar la cuenta corriente del cobre de la renta.

Las partes contratantes convienen que la renta que en cada momento satisfaga la parte ARRENDATARIA durante la vigencia del presente contrato, así como, en caso de pró rroga, se acomodará cada año natural, en más o en menos, a la variación porcentual experimentada por el Indice General del sistema de Indices de Precios de Consumo (Sector Alquileres), que fije el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que lo sustituya, aplicando sobre aquella renta el porcentaje que represente la diferencia existente entre los índices que corresponda al periodo de revisión.

CUARTA.- El objeto del presente arrendamiento, es única y exclusivamente , para el destino a vivienda de la parte ARRENDATARIA únicamente, no pudiendo destinarlo a ningún otro uso o fin, ni subarrendar, ni ceder, en todo o en parte, dicho inmueble a terceras personas sin expreso consentimiento de la propiedad.

La parte ARRENDATARIA renuncia expresamente al derecho de adquisición preferente (tanteo y retracto), así como a cualquier otro derecho que no le esté expresamente reconocido en este contrato, y ello como condición indispensable de este contrato.

Las quejas o denuncias de los vecinos o de la Autoridad competente por escándalo, insalubridad, actividades molestas, nocivas o peligrosas, o atentando contra la moralidad y buenas costumbres del lugar, será motivo suficiente para la resolución de este contrato.

QUINTA.- La parte arrendataria asumirá los pagos derivados de los servicios o suministros que la vivienda arrendada utilice o consuma, tales como luz, agua, gas, etc., que deberá poner a su nombre a su costa. Asimismo, abonará todas las cuotas de la Comunidad de Propietarios, atendiendo a las cantidades que estén aprobadas y vigentes en cada momento por cualquier concepto. La parte arrendadora asumirá el Impuesto de Bienes inmuebles (IBI), que se gire sobre el inmueble objeto de este contrato.

La parte ARRENDADORA queda exenta de toda responsabilidad por cualquier suministro, por cualquier causa.

Si se hubiera de efectuar alguna modificación en las instalaciones del inmueble objeto de arriendo, se requerirá previo permiso escrito de la parte ARRENDADORA, y su costo será íntegramente a cargo de la parte ARRENDATARIA, caso de que le interese y desee continuar con el suministro de que se trate, quedando dichas modificaciones en beneficio de la propiedad, sin derecho alguno de la parte ARRENDATARIA a reclamar nada por tal concepto.

SEXTA.- La parte ARRENDATARIA declara recibir la vivienda objeto del presente arrendamiento, así como los bienes muebles, enseres y electrodomésticos que se encuentran en la mismo, en perfecto estado de conservación y uso, completo de herrajes, llaves, cristales, maderas, puertas y demás accesorios, y se obliga a conservarlo todo en el mismo estado perfecto en que lo recibe, comprometiendose expresamente a reintegrar todo ello al término del presente arrendamiento, en el mismo perfecto estado en que se le entrega.

SÉPTIMA.- Son de cuenta y cargo de la parte ARRENDATARIA exclusivamente, los gastos ocasionados por los desperfectos que se produzcan, ya sean cristales, cerraduras y demás útiles y utensilios de las instalaciones de agua, gas, electricidad, calefacción, cocina, baño, bidé grifos, inodoros, lavabos, calentador, antena T.V y en particular todos los desagues, atascos, arreglo de la cocina, fregaderos, lavaderos, aire acondicionado, y sus tuberías, como también la conservación , reeparación y sustitución de persianas, en caso de existir tales utensilios e instalaciones.

OCTAVA.- La parte ARRENDATARIA se hace directa y exclusivamente responsable y exime de toda responsabilidad a la propiedad por los daños que puedan ocasionarse a personas o cosas y sean derivados de instalaciones para servicios y suministros de la vivienda.

NOVENA.- La parte ARRENDATARIA no podrá practicar obras de clase alguna en la vivienda arrendada sin previo permiso por escrito de la propiedad. En todo caso, las obras así autorizadas serán cargo y cuenta de la PARTE ARRENDATARIA, y quedarán en beneficio de la finca, sin derecho a indemnización, o reclamación, en momento alguno. El permiso municipal será tambien, de cuenta y cargo de la PARTE ARRENDATARIA, así como la dirección técnica o facultativa en su caso.

DECIMA.- De no existir servicio de portería, conserjería o de limpieza, la parte ARRENDATARIA procederá, cuando por turno le corresponda, y según hayan acordado los vecinos de la finca, a la limpieza de la escalera y vestíbulo y demás elementos comunes.

UNDÉCIMA.- La parte ARRENDATARIA entrega a la parte ARRENDADORA, a la firma del presente documento, la suma de QUINIENTOS CINCUENTA EUROS (550 euros) en concepto de fianza, en garantía del cumplimiento de las obligaciones que se derivan del presente contrato. Esta fianza no tendrá el concepto de renta, ni será compensable con la misma.

DUODÉCIMA.- RESOLUCION: El incumplimiento por la parte ARRENDATARIA de alguna de las Estipulaciones convenidas expresamente en el presente documento, facultará a la propiedad para la inmediata resolución del presente arrendamiento, y proceder a instar el correspondiente Desahucio.

DECIMOTERCERA.- Este contrato se regirá por las Estipulaciones que en el mismo se contienen, así como por la Ley de Arrendamientos Urbanos vigente.

DECIMOCUARTA.- Ambas partes con renuncia expresa a su propio fuero o al que pudiera corresponderles se someten expresamente a la Jurisdicción y Tribunales de Villena para cualquier divergencia que pudiera ocasionar la interpretación o cumplimiento de las cláusulas de este contrato.

Leído que ha sido, ambas partes lo encuentran conforme y firman el presente docuemnto en prueba de aceptación y conformidad, por duplicado y a un solo efecto, en la ciudad y fecha al principio indicados.

LA PARTE ARRENDADORA
FDO ********* ********,***
P.P. D. ****** ****** ******





LA PARTE ARRENDATARIA.
D. ****** ****** ****** D. ****** ******* ***


Última edición por Batteryman el Miér Sep 24, 2008 8:43 pm, editado 2 veces
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MensajeTema: Re: CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA LA FUTURA SEDE   CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA LA FUTURA SEDE Icon_minitimeMar Sep 23, 2008 11:51 pm

Esta es la copia del contrato que me dieron en CBH cuando aun no eramos legalmente una asociación, ni que decir tiene que el contrato definitivo será modificado para ponerlo a nombre de la asociación. Y tambien incluirá la modificación de la fianza que se pagará parcialmente, la mitad en noviembre y la otra mitad en diciembre.
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MensajeTema: Re: CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA LA FUTURA SEDE   CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA LA FUTURA SEDE Icon_minitimeMiér Sep 24, 2008 12:16 am

noviembre y diciembre o diciembre y enero, ya k vamos a entrar en october
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MensajeTema: Re: CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA LA FUTURA SEDE   CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA LA FUTURA SEDE Icon_minitimeMiér Sep 24, 2008 6:44 pm

Está bien saber todos los detalles del contrato, pero NO se deberían publicar datos privados como el NOMBRE, la DIRECCIÓN, el DNI, nº cuenta bancaria de NADIE por el foro... edita el mensaje, anda
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MensajeTema: Re: CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA LA FUTURA SEDE   CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA LA FUTURA SEDE Icon_minitimeMiér Sep 24, 2008 7:34 pm

Yo he dejado un mensaje también sobre lo de publicar datos, pero está en el tema junta extraordinaria, también pienso que para ciertos temas solo tendríamos que tener acceso los socios.

Un saludo.
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Batteryman
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MensajeTema: Re: CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA LA FUTURA SEDE   CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA LA FUTURA SEDE Icon_minitimeMiér Sep 24, 2008 8:42 pm

Ya lo he editado. Simplemente lo copie tal y como estaba. Y de todas formas a mi no me importa mostrar mis datas, a david tampoco y al dueño supongo que tampoco pero bueno, es mejor asi.
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Felipe
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MensajeTema: Re: CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA LA FUTURA SEDE   CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA LA FUTURA SEDE Icon_minitimeJue Sep 25, 2008 11:53 am

Como al dueño no se le ha preguntado, mejor así.
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djskoorph

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MensajeTema: Re: CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA LA FUTURA SEDE   CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA LA FUTURA SEDE Icon_minitimeLun Sep 29, 2008 4:42 pm

Y cuando nos dan las llaves.. .etc??
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